La Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) ,2/08/2016 acuerda modificación al patrón de medición los contratistas y asignatarios articulos 42 y 43 en materia de Hidrocarburos , y esta medida afecta en su caso a Pemex , para tomar las consideraciones necesarias en su actual régimen de empresa productiva subsidiaria , contratista de los actuales yacimientos de producción en su caso la medida va dirigida al equipo de producción de Pemex EPS .
La CNH determina atravéz de un dictamen técnico para efectos de extracción los precios y calidad por tipo de hidrocarburo (HC) .
La referencia soporte , plan de extracción contratistas y asignación del bloque en cuestión . La Comisión es la única facultada para interpretar para efectos administrativos las disposiciones normativas , para mayor certeza se modifican los articulos 42 y 43 en materia de extraccion de HC , producción por contrato o asignación , los contratistas regulados , como es el caso de Pemex , podrán utilizar puntos provisionales de medición siempre y cuando sea posible medir , la calidad precio y volumen para cada tipo de "HC"
Por tal se entregara con 15 días naturales de anticipación a la extracción , la propuesta del punto de medición así mismo aplica lo mencionado a los actuales productores de "HC" .
Contenido de la propuesta : identificación espacial, con características, ubicación y responsable oficial mecanismo , sistema o acuerdo , por tal motivo es necesario conocer el volumen , calidad y precio de extracción en el momento de su salida a hacia la superficie . n considerado en interior de conductos este contenido esta referido a la actual modificación del articulo 42 que no lo contemplaba con anterioridad .
Para el articulo 43 se aclara se pretende conocer el análisis de la congruencia con los diferentes componentes con los planes correspondientes previamente autorizados
Nota aclaratoria : los días naturales no están expresados por lo que se se entiende que seran dias laborables para la "CNH" .
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